CESION DE DERECHOS Y ACCIONES POSESORIAS determinado en el CONTRATO ADMINISTRATIVO que como anexo forma parte integrante de la presente, suscripto entre los Sres. DESIDERIO RUFINO JURAO, DNI. 1.183.295 y ELVIRA G. DE JURAO, como cedentes y esta MUNICIPALIDAD DE MONTE como cesionaria del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 70; Manzana 42, Parcela 7 (Partida 073-04275) en el cual se encuentra construida la Sala de Primeros Auxilios del Barrio Esperanza “Dra. Mónica Muras” de esta ciudad.
Artículo N° 1: Acéptase la CESION DE DERECHOS Y ACCIONES POSESORIAS determinado en el CONTRATO ADMINISTRATIVO que como anexo forma parte integrante de la presente, suscripto entre los Sres. DESIDERIO RUFINO JURAO, DNI. 1.183.295 y ELVIRA G. DE JURAO, como cedentes y esta MUNICIPALIDAD DE MONTE como cesionaria del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 70; Manzana 42, Parcela 7 (Partida 073-04275) en el cual se encuentra construida la Sala de Primeros Auxilios del Barrio Esperanza “Dra. Mónica Muras” de esta ciudad.
Artículo N° 2: La presente norma invalida la figura por la cual este inmueble había sido ingresado al patrimonio municipal, conforme lo determinado por el artículo primero de la Ordenanza N° 3.290, la cual a excepto de esta salvedad se encuentra vigente en todos sus términos.
Artículo N° 3: Dese intervención a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a sus efectos.
Artículo N° 4: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 31 días del mes de marzo de 2022.