octubre 9, 2021| Ordenanza|
Implementación en el ámbito del Partido de Monte un sistema para la ejecución de obras de construcción y reparación de veredas en la vía pública de los barrios fuera del casco urbano del Partido de Monte.
Artículo N° 1: Implementase en el ámbito del Partido de Monte un sistema para la ejecución de obras de construcción y reparación de veredas en la vía pública de los barrios fuera del casco urbano del Partido de Monte.
Artículo N° 2: Habilítese un Registro de Constructores a través de su Dirección de Obras Públicas en el cual se incorporan quienes presten este servicio, presentando conjuntamente con su solicitud de inscripción comprobantes de inscripción en los Impuestos Provinciales y Nacionales (Ingresos Brutos, AFIP, etc.) y documentación que sea requerida por el Municipio de Monte.
Artículo N° 3: Los frentistas interesados deberán inscribirse en la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad la cual les proveerá la cantidad de materiales y baldosas o similares, necesarios para la reparación y/o construcción de las veredas.
Artículo N° 4: Autorizase al Departamento Ejecutivo por medio de la asesoría de la Subsecretaría de Medio Ambiente a evaluar, reemplazar y/o agregar las piezas arbóreas en la construcción de veredas en los barrios, según dictamen asesor de área de medioambiente y obras públicas.
Artículo N° 5: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que estime necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ordenanza.
Artículo N° 6: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los convenios que estime necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ordenanza.
Artículo N° 7: Comuniqúese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 13 días del mes de agosto de 2020.
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