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4132-2017 | Modificación de artículos de Ordenanza N° 3267/2006 modificada por Ordenanza N° 3896/2012

Imposición con el nombre MARGARITA MAUREGUI al CENTRO INTEGRADOR COMUNITARIO (C.I.C.), que será inaugurado próximamente en calle Tierra del Fuego 104 del Barrio Juan Pablo II (140 viviendas del Plan Federal) sobre el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Chacra 13, Parc. 10.

Articulo 1°: Modificase el articulo 1o, de la Ordenanza Municipal N° 3267/06. modificada por la Ordenanza Municipal N° 3896/12. el que quedará redactado de la siguiente forma: «Donase el inmueble del dominio privado municipal, cuya nomenclatura catastral es, según Plano de Mensura, división y Anexión 073-000006-2001, Circunscripción I, Sección B, Quinta 55, Manzana 55a, Parcela 13b, del Partido de Monte, a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Monte.

Articulo 2°: Modificase el articulo 4o, de la Ordenanza Municipal N° 3267/06, modificada por la Ordenanza Municipal N° 3896/12, el que quedará redactado de la siguiente forma: «La transferencia de dominio del inmueble cuya donación se dispone por la presente ordenanza en favor de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Monte, podrá ser transferido con intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y/o mediante la intervención de un escribano particular, siempre que en este ultimo caso la Asociación de Bomberos Voluntarios de Monte, asuma el pago de la totalidad de los gastos y honorarios que la transferencia de dominio del inmueble a su favor demande y no se genere con ello, costo alguno para la Municipalidad de Monte»

Articulo 3°: Transfiérase la titularidad de dominio del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 55, Manzana 55a, Parcela 13a, del Partido de Monte, designación según Plano de Mensura, División y Anexión 073-000006-2001. Inscripción de Dominio: Matricula N° 5982, del Partido de Monte, el cual pertenece al dominio privado municipal, a las señoras Nora Celia Errecalte, D.N.I. N° 5.688.380 y Lidia Lujan Errecalte, D.N.I. N° 10.257.598, por haberse acreditado que su madre señora Sofía Celia Manzur de Errecalte y las beneficiarías en su carácter de únicas y universales herederas, han poseído en forma pública, pacifica e ininterrumpida por mas de 40 años, el inmueble que se les transmite por la presente ordenanza.

ARTICULO 4°: La escritura traslativa de dominio del inmueble identificado en el artículo tercero de la presente Ordenanza, deberá llevarse a cabo con intervención de una escribanía particular, quedando exclusivamente a cargo de las Señoras Nora Celia Errecalte. D.N.I. N° 5.688.380 y Lidia Lujan Errecalte. D.N.I. N° 10.257.598, el pago de todos los gastos y honorarios que la transferencia del dominio del inmueble a su favor demande.

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Dado en sala de sesiones del HCD, a los 22 días del mes de junio de 2017.

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