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4029-2014 | Creación del Área de discapacidad en el Municipio de Monte

Creación el Área de discapacidad en el Municipio de San Miguel del Monte para el desarrollo de las siguientes funciones:

Artículo 1: Crease el Área de discapacidad en el Municipio de San Miguel del Monte para el desarrollo de las siguientes funciones:

a) Asesorar al Departamento Ejecutivo mediante propuestas para la implementación de acciones y políticas relativas a la atención, promoción y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad en el ámbito del Partido de Monte

b) Asesorar a las personas con discapacidad o sus familiares acerca de la legislación que ampara los derechos de las personas con discapacidad y realizar el acompañamiento en las gestiones que fueren posibles.

c) Realizar al mismo tiempo un acompañamiento psicológico familiar para afrontar los desafíos que esta situación requiere.
d) Cooperar con el Departamento Ejecutivo en la elaboración de estadísticas, registro de las personas y todo instrumento que contribuya al diseño de planes y programas ajustados a las necesidades Locales.

e) Elaborar diagnósticos locales para la detección de personas con discapacidad que no reciban adecuada atención procurando su inserción en los recursos comunitarios existentes.

f) Presentar ante el Honorable Concejo Deliberante propuestas relativas al tema.

g) Promover la eliminación de barreras físicas y sociales que obstaculicen el desarrollo pleno de las personas con discapacidad.

h) Coordinar criterios y acciones con los Entes Provinciales y Nacionales con incumbencia en el tema de referencia.

i) Establecer mecanismos y criterios coordinados entre los distintos Organismos, Entidades y áreas del municipio en el Partido de Monte.

j) Recibir inquietudes y/o propuestas de personas con discapacidad o no, de la comunidad Local.

k) Crear y mantener actualizado un registro de Instituciones de y para personas con discapacidad, o vinculados en forma directa o indirecta a la temática.

l) Alentar el accionar de las Entidades sin fines de lucro orientadas a la atención, promoción e integración de las personas con discapacidad.

m) Promover planes, programas y acciones culturales, deportivas, recreativas, de prevención primaria, secundaria o terciaria (medicina de rehabilitación).

n) Promover la toma de conciencia comunitaria del tema de la discapacidad y de las personas con discapacidad.

o) Establecer acuerdos con los comercios y demás servicios locales para favorecer el desempeño pleno de las personas con discapacidad evitando actos discriminatorios o de segregación.

Artículo 2: Confórmese un grupo de trabajo a cargo del Área Municipal de las personas con discapacidad, que posea profesionales especializados en el tema y en el que alguno de sus integrantes posea una discapacidad, en el ámbito del Derecho, de la Psicología y del Trabajo social a través de un concurso de antecedentes.

Artículo 3: Confórmese una junta evaluadora para valorar los antecedentes de los candidatos a los puestos en el Área Municipal de las personas con discapacidad, integrada por al menos un representante de cada bloque del Honorable Concejo Deliberante de Monte o quienes estos designen para tal caso.

Artículo 4: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 26 días del mes de noviembre de 2014

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