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3868-2012 | Creación de una «Casa de Abrigo»

Destinar para el funcionamiento de una «Casa de Abrigo» al inmueble de propiedad municipal, identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección B, Quinta 55a, Parcela 10, ubicado en calle Italia entre 25 de Mayo y Roque Sáenz Peña de esta ciudad.

ARTICULO 1°: Destinar para el funcionamiento de una «Casa de Abrigo» al inmueble de propiedad municipal, identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección B, Quinta 55a, Parcela 10, ubicado en calle Italia entre 25 de Mayo y Roque Sáenz Peña de esta ciudad, quedando sin efecto mediante esta norma la afectación que originalmente se le había asignado a través del artículo 3° de la Ordenanza 3.455 y atento los fundamentos que se exponen en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2°: En virtud de lo precedentemente expuesto determinase que la Casa de Abrigo que por la presente se crea, funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Coordinación de Políticas en Desarrollo Social, Salud, Niñez y Adolescencia, y será su objetivo primordial dar contención a los niños en forma temporaria y hasta tanto sean restituidos su Derechos, pudiendo regresar con su familia o bien algún tutor, según el trabajo en red que se realice entre los diferentes actores que tienen que ver con esta problemática especialmente del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de nuestra ciudad.

ARTICULO 3°: Esta Casa de Abrigo trabajará interdisciplinariamente con diferentes instituciones en pos de este objetivo, garantizando que los menores que en ella se hospeden continúen con sus estudios, incluyéndolos educativamente brindándoles clases de apoyo escolar, como así también su incorporación a actividades deportivas y recreativas, la creación de talleres de oficios productivos para los adolescentes que logren posteriormente su inserción laboral, entre otros aspectos que hagan a mejorar su calidad de vida.

ARTICULO 4°: Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean pertinentes para dar cumplimiento al objetivo propuesto por esta norma, autorizando a disponer por vía reglamentaria disposiciones que tengan que ver con su conformación y funcionamiento.

ARTICULO 5°: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 28 días del mes de Junio de 2012

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