julio 18, 2021| Ordenanza|
Autorizase al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda adjunte al recibo de Tasa Municipal de Alumbrado, Barrido y Limpieza del municipio un folleto con el acta de los DERECHOS DE LA MUJER MAL TRATADA; que se encuentra en el anexo de este proyecto.
ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda adjunte al recibo de Tasa Municipal de Alumbrado, Barrido y Limpieza del municipio un folleto con el acta de los DERECHOS DE LA MUJER MAL TRATADA; que se encuentra en el anexo de este proyecto.
ARTICULO 2°: Se incluirá en dicho folleto las direcciones y teléfonos de todos los centros que dan atención a esta problemática dentro del distrito de Monte.
ARTICULO 3°: Comuniqúese, Regístrese y Archívese.
Dado en la sala de sesiones a los 2 días del mes de junio de 2011.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.