Créese la COMISIÓN ASESORA DE ASUNTOS RURALES para que dicho organismo coopere en forma conjunta con el ejecutivo municipal y el cuerpo legislativo a efectos de evaluar y asesorar a ambos cuerpos en todo lo inherente a la actividad de dicho sector, (llámese proyectos de ordenanza, proyectos resoluciones, pedidos de informes, etc.).
Articulo 1°: Créese la COMISIÓN ASESORA DE ASUNTOS RURALES para que dicho organismo coopere en forma conjunta con el ejecutivo municipal y el cuerpo legislativo a efectos de evaluar y asesorar a ambos cuerpos en todo lo inherente a la actividad de dicho sector, (llámese proyectos de ordenanza, proyectos resoluciones, pedidos de informes, etc.).
Articulo2°: A efectos de cumplir con el articulo 1o todo proyecto de ordenanza, resoluciones, etc., que sea elevado al H.C.D. para su tratamiento deberá ser remitido a dicha comisión para su evaluación. Pudiendo los representantes de dicha comisión participar con su voz y sin voto en el tratamiento de dichos proyectos.
Articulo 3°: La comisión asesora de asuntos rurales estará compuesta por un representante titular y un suplente de cada entidad agropecuaria que se encuentre activa en el distrito y un representante técnico del área de producción del municipio.
Articulo 4°: Comuníquese. Regístrese, y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 21 días del mes de agosto de 2008.