ARTICULO 1°: Dispónese la circulación en doble mano de la calle Lalinde entre Ruta Nacional N° 3 y Avenida San Martín.
ARTICULO 2°: Hágase conocer a la Comisaría de Policía local la presente Ordenanza. –
ARTICULO 3°: Comuniqúese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a 1 día del mes de septiembre de 2005.