ARTICULO 1°: Incorpórese el ítem GRUPO FAMILIAR INTEGRADO POR PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES, en los cuadros de diagnóstico de los formularios A,B,C, que forman parte de’ la ORDENANZA 3061, asignándole a este ítem 10 puntos.
ARTICULO 2°: Comuniqúese. Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 24 días del mes de mayo de 2005.