Ordenanza|

Incorporación de item “Grupo Familiar Integrado por personas necesidades especiales” a la Ordenanza N° 3061.

ARTICULO 1°: Incorpórese el ítem GRUPO FAMILIAR INTEGRADO POR PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES, en los cuadros de diagnóstico de los formularios A,B,C, que forman parte de’ la ORDENANZA 3061, asignándole a este ítem 10 puntos. 

ARTICULO 2°: Comuniqúese. Regístrese y Archívese.

Dado en sala de sesiones a los 24 días del mes de mayo de 2005.

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