Ordenanza|

Disposición de sentido de circulación en calle Guardia del Monte.

ARTICULO 1°: Dispónese la circulación de la calle Guardia del Monte en el sentido opuesto desde calle Rivadavia, hasta calle Sayos (ESTE -OESTE). 

ARTICULO 2°: Dispónese la circulación en doble sentido de la calle Soler desde la intersección de calle Mitre hasta Av. De los Pescadores. 

ARTICULO 3°: Dispónese la circulación en doble sentido de la calle independencia desde la intersección de calle Sebastián de la Calle hasta Av. San Martín. 

ARTICULO 4°: Dispónese la circulación en doble sentido de la calle San Lorenzo desde la intersección de calle Zenón Videla Dorna hasta Calle Félix de Azara. 

ARTICULO 5°: Hágase conocer a la Comisaría de Policía local la presente Ordenanza para su cumplimiento. 

ARTICULO 6°: Comuniqúese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 21 días del mes de abril de 2005.

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