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3157-2004 | Llamado a Licitación Pública con el objeto de adjudicar 4 viviendas

Llamado a Licitación Pública con el objeto de adjudicar 4 viviendas.

ARTICULO 1°: Dispónese el llamado a Licitación Pública con el objeto de adjudicar las 4 viviendas ubicadas en el predio cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección B, Quinta 11, Manzana 11 a, Parcelas 1 a de esta Ciudad de San Miguel del Monte, cuya construcción fuera autorizada por Ordenanza N° 3062. –

ARTICULO 2°: Establécense como requisitos mínimos para participar en el acto licitatorio dispuesto en el artículo precedente, los siguientes:

a. Constituir un grupo familiar, entendiéndose por tal al grupo estable de personas convivientes.

b. El titular del Grupo Familiar, en su carácter de oferente, deberá poseer Documento Nacional de Identidad argentino.

c. Los miembros del Grupo Familiar no deberán ser titulares de otros bienes inmuebles. Solamente podrán presentarse en los casos que el titular o alguno de los miembros del grupo familiar conviviente poseyera un inmueble sin edificación cuyo valor no supere en un sesenta por ciento (60%) el valor de la vivienda a la que aspira.

d. Tener una residencia mínima en el Partido de Monte de dos (2) años, la que será acreditada con el domicilio de los documentos de identidad.

e. El grupo familiar deberá acreditar el ingreso mensual que posee para comprobar su capacidad de pago. Cuando se trate de trabajadores en relación de dependencia del sector público o privado, deberá acreditarse dicha circunstancia con recibo de haberes correspondiente a los últimos tres meses extendidos por la parte empleadora con los recaudos de ley en materia previsional e impositiva. Si percibiese los haberes en forma quincenal, deberá presentar los recibos de haberes correspondientes á las quincenas de los últimos tres meses. En los casos de trabajadores autónomos o independientes (comerciantes, profesionales, etc.) deberán acreditar sus ingresos mensuales con certificación emitida por Contador Público, que deberá coincidir con las Declaraciones Juradas presentadas ante los organismos impositivos de ley, de la cuál surja el ingreso mensual de los últimos tres meses. 

ARTICULO 3o: Se fija como valor base para cada una de las unidades funcionales identificadas como 00-01, 00-02, 00-03 00-4 en la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL ($ 33.000,00) en consecuencia no se aceptarán ofertas inferiores a está valuación. 

ARTICULO 4o: Aprúebáse los Pliegos de Bases y Condiciones para la Licitación Pública dispuesta por el Artículo 1o de la presente, que como Anexo «I» pasa á formar parte de está norma. –

ARTICULO 5o: Derógase toda otra norma que se oponga á lo prescripto en la presente. 

ARTICULO 6o: Comuniqúese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 4 días del mes de noviembre de 2004.

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