ARTICULO 1°: Prohíbase el estacionamiento en ambas manos, los días sábados, domingos y feriados en la avenida Gral. Juan Manuel de Rosas desde su intersección con las calles Mitre y Rivadavia inclusive, desde las 07:00 horas hasta las 22:00 horas, con el objeto de permitir el libre tránsito vehicular en la arteria referida en los días y horarios precedentemente consignados.
ARTICULO 2°: Derogase toda otra norma que se refiera a lo dispuesto por la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 5 días del mes de septiembre de 2002.