Ordenanza|

Establecimiento que reglamentación impuesta por la Ordenanza Nº 1196 corresponde al uso de todas las lagunas.

ARTICULO 1°:  Dejase establecido que la reglamentación impuesta por la Ordenanza Nº 1196 y sus modificatorias, corresponde al uso de todas las lagunas existentes en el Distrito de Monte. 

ARTICULO 2°: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 2 días del mes de mayo de 2002.

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