noviembre 6, 2001| Ordenanza|
Autorización para proceder a la colocación de leyendas identificatorias en todos los vehículos municipales.
Articulo 1: Facultase al D.E. a proceder a la colocación de leyendas identificatorias en todos los vehículos municipales, en el caso de camionetas, coches y camiones, dicha inscripción deberá ser colocada en las puertas delanteras en forma visible, quedando exceptuado de la colocación de dichas leyendas, el automóvil marca Peugeot, Modelo 405, dominio DME 111.
ARTICULO 2: En el caso del parque vial, se les colocará un cartel de chapa de 0,70 x 0,40 en el lugar más visible de cada máquina.
Articulo 3: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 21 días del mes de junio de 2001.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
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