Ordenanza|

Autorización para realizar las adecuaciones presupuestarias para brindar trabajo ex combatientes de Malvinas con residencia.

Articulo 1: Autorizase al D.E. a realizar las adecuaciones presupuestarias a fin de brindar  trabajo dentro del Plantel permanente municipal a todos aquellos ex combatientes con residencia en nuestro distrito en el momento de haber asistido al combate en el Atlántico Sur, guerra de Malvinas. 

Articulo 2: Los ex combatientes de nuestro distrito que se encuentren desocupados o aquellos ex combatientes que acrediten su domicilio en San Miguel del Monte en el conflicto bélico deberán presentarse a fin de concretar lo dispuesto en el artículo 1 presentando: acreditación o certificación de ex combatiente en la denominada guerra de Malvinas, otorgada por el Centro de Combatientes Islas Malvinas (CECIM) o por el Estado Mayor Conjunto de Las Fuerzas Armadas de la Nación Argentina. 

Articulo 3: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 16 días del mes de Noviembre de 2000.

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