octubre 30, 1994| Ordenanza|
Creación en el Partido de Monte de “Casa de Campo”.
Articulo 1: Créase en el Partido de Monte la CASA DE CAMPO enmarcada en el Programa político de descentralización que lleva a cabo el Ministerio de la Producción.
Articulo 2: El Departamento Ejecutivo deberá concertar con el Ministerio de la Producción el modo operativo y funcional de dicha estructura.
Articulo 3: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 1 DIAS DEL MES DE DICIEMBE DE 1994.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.