octubre 28, 1991| Ordenanza|
Autorización al Club de Pesca para la construcción de un rompeolas.
Articulo 1: Autorízase al Club de Pesca “SAM MIGUEL DEL MONTE” la construcción de un rompeolas de acuerdo a las características técnicas elaboradas por la Institución y sus asesores, establecidas a fs. 4 y 5 del Expediente Nº 18022 letra c/91.-
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 14 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1991.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
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