octubre 27, 1989| Ordenanza|
Disposición de predio para construcción de conjuntos habitacionales de plano PROCASA.
Articulo 1: Dispónese que los conjuntos habitacionales a construirse por los Planos PROCASA, se ejecuten en los predios que a continuación se indican: Circunscripción I, Sección C, Chacra 17, Fracción I, Parcela 20 a (Monte) y Circunscripción II, Sección A, Quinta 4, Parcela 1 a (Abbott).
Articulo 2: El Departamento Ejecutivo confeccionará los proyectos de subdivisión que correspondan para ambos casos, y realizará las gestiones pertinentes para la aprobación de la documentación por parte de los organismos técnicos del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 3: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 30 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1989.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
• Teléfono: (02271) 406600
• Atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 hs.