Articulo1: Autorízase la concesión de uso del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, sección B, Quinta 62, Parcela 1, al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO “EL PORVENIR”, por el término de 5 (cinco) años.
Articulo 2: Exceptúese al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO “EL PORVENIR” de la obligatoriedad del pago del canon anual, por el término que dura la concesión.
Articulo 3: Cumpliméntese los requisitos necesarios para proceder a la venta de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 9533.
Artículo 4: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 14 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1983.