Ordenanza|

Cesión al Comité Guardia del Monte de la U.C.R. de un lote del cementerio Local.

Articulo 1: Cédese el comité Guardia del Monte de la U.C.R. un lote del cementerio Local, designado como terreno Nº 4/ J, sección VI, por el término de  99 años.

Articulo 2:  Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADO EN SALA DE SESION A LOS 25 DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1983.

ℹ️ Derogado la presente por Ordenanza Nº 1680 decreto 293/89

Más Buscadas: FiscalTasasPresupuestoEspacio Público

Close Search Window