octubre 23, 1983| Ordenanza|
Incorporación al Patrimonio Municipal de inmueble.
Articulo 1: Declárese incorporado al Patrimonio Municipal, el inmueble designado catastralmente como: Circ. I; Secc. c; Fracc. I; Chacra 17; Parc. 20, cuya superficie asciende a 7.260,62 m 2.
Articulo 2: Remítanse las actuaciones y documentación complementaria pertinente a la Dirección Provincial del registro de la Propiedad, a fin de requerir la inscripción del dominio a nombre de esta Municipalidad.
Articulo 3: Tome intervención la Secretaría de Hacienda y Obras Públicas a fin de cumplimentar lo dispuesto en los artículos precedentes.
Articulo 4: Déjese constancia que el inmueble de referencia será destinado a la construcción de viviendas “Plan Solidario”.
Articulo 5: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 04 DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1983.
• Calle Laura Giagnacovo N° 636, Monte, Buenos Aires.
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