Articulo 1: Desde el 1º de Octubre hasta el 31 de Diciembre de 1965 el personal municipal percibirá una bonificación de emergencia por mayor costo de vida en la siguiente forma:
a) Personal mensual $ 2.000.- mensuales.
b) Personal jornalizado $ 90.- por día
Articulo 2: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESIÓN A LOS 04 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1965.