Cesión por parte de la Municipalidad de monte a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, de un terreno fiscal de su pertenencia, con ubicación en la parte Sudoeste, lindero a la laguna de Monte
Articulo 1: La Municipalidad de monte, hace cesión a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, de un terreno fiscal de su pertenencia, con ubicación en la parte Sudoeste, lindero a la laguna de Monte, sobre el paraje denominado “El Rosario”, con frente a la misma, en lugar que las circunstancias aconsejen su ulterior determinación, con una superficie de hasta 5.000 metros cuadrados.
Articulo 2: La donación se estipula para la construcción de un edificio escolar, quedando sin efecto en el caso de que la Dirección General de Escuelas no iniciare la obra dentro del plazo de dos años.
Articulo 3: Autorízase al Departamento ejecutivo para que en común entendimiento de partes, entre el Consejo Escolar de Monte y la Municipalidad por intermedio de la Secretaría de Obras Públicas, convenga establecer definitivamente el lugar apropiado aconsejado por las circunstancias.
Articulo 4: Una vez establecido fehacientemente el lugar indicado, la Municipalidad se obliga a colocar letrero denominativo, por el cual se adjudica la cesión.
Articulo 5: El Departamento Ejecutivo, oportunamente, comunicará al Honorable Consejo Deliberante, el resultado obtenido por esta Ordenanza.
Articulo 6: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESIÓN A LOS 10 DÍAS DEL MES DE ENERO DE 1965.