Creación del «Programa Municipal de Concientización, Prevención e Información sobre las problemáticas de «Grooming, Bullying y CiberBulIying» en el partido de Monte»
ARTICULO 1: Crease el «Programa Municipal de Concientización, Prevención e Información sobre las problemáticas de «Grooming, Bullying y CiberBulIying» en el partido de Monte».
Artículo 2°: El objetivo del Programa es brindar a nuestra comunidad las herramientas necesarias para prevenir y combatir las problemáticas del «Grooming, Bullying y CiberBulIying» generadas a través de la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información por adultos que, a través, de un conjunto de estrategias buscan generar un vínculo amistoso con niñas/os y adolescentes en procura de su abuso sexual; y a determinadas conductas y acciones psicológicas de acoso llevadas a cabo por niñas/os y/o adolescentes contra otros, personalmente o por intermedio de amenazas, hostigamiento, humillación, chantajes e insultos realizadas desde las redes sociales, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías.
Artículo 3°: A los efectos de cumplimentar con la presente ordenanza, el D.E. llevará a cabo las siguientes acciones:
1. Brindar asesoramiento legal, capacitación y formación permanente articulando con los establecimientos educativos públicos y privados y las diferentes organizaciones de la comunidad, talleres de aprendizaje en la utilización de las nuevas tecnología sobre informática y comunicación dirigidas a Padres, docentes, niñas, niños, Adolescentes y Adultos, con contenidos específicos para el abordaje de la problemática del, «Grooming, Bullying y Ciberbullying», con la finalidad de promover el uso responsable de las mismas.
2. Realizar una amplia Campaña de Concientización, Difusión e Información pública gráfica, través de los medios de comunicación y de la página web.
Artículo 4°: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 17 días del mes de julio de 2014.