Articulo 1°: Determinar la zonificación de la Laguna de Monte como se describe a continuación, y conforme el piano que como anexo 1 forma parte integrante de la presente:
a) Trazado de una línea imaginaria que va desde la intersección de Avda. Almirante Brown y Avda, Costanera hasta el sector opuesto Puente «La Aguada», lo que dividirá la Laguna en dos sectores.
b) En el Sector «A» (NE). «Zona motonáutica»‘
c) En el Sector «B» [SO), Zona Pesca»
Articulo 2°: Derogase toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente.
Artículo 3°: COMUNIQUESE. REGISTRESE. ARCHIVESE.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES A LOS 21 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2013.-