Declaración de CIUDADANOS ILUSTRES a los EX COMBATIENTES DE MALVINAS, hijos de Monte: NESTOR ALBERTO RAMOS, JOSE LUIS LOPEZ, LUIS EDGARDO VIVAS, HUGO HECTOR RIZZOLI, ERNESTO RAUL PONCE, GUILLERMO ALFREDO CHIESA, DANIEL ALANIS, JOSÉ ZARSOSO, LUIS VILLAR, atento a los vistos y considerandos de la presente
ARTICULO 1°: Declárese CIUDADANOS ILUSTRES a los EX COMBATIENTES DE MALVINAS, hijos de Monte: NESTOR ALBERTO RAMOS, JOSE LUIS LOPEZ, LUIS EDGARDO VIVAS, HUGO HECTOR RIZZOLI, ERNESTO RAUL PONCE, GUILLERMO ALFREDO CHIESA, DANIEL ALANIS, JOSÉ ZARSOSO, LUIS VILLAR, atento a los vistos y considerandos de la presente.
ARTICULO 2°: Declarase CIUDADANO ILUSTRE POS MORTEM, a SERGIO GOMEZ, caído en la gesta de Malvinas, atento a los vistos y considerándoos de la presente.
ARTICULO 3°: Llámese a sesión especial para el día 10 de junio de 2012, DÍA DE REAFIRMACION DE LOS DERECHOS SOBERANOS SOBRE LAS ISLAS MALVINAS y GEORGIAS DEL SUR, para llevar adelante el reconocimiento instituido en la presente norma.
ARTICULO 4°: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 10 días del mes de mayo de 2012.