Procédase a la señalización de las calles que en anexo I se identifican y pasan a formar parte de la presente, con cartelería para tal fin que identifiquen la entrada y salida (noria) a las rutas de nuestra localidad para que sean usadas por todos los actores de salud y seguridad en el caso de una emergencia, y de esta forma minimizar el riesgo, atento los vistos y considerandos de la presente.
ARTICULO PRIMERO: Procédase a la señalización de las calles que en anexo I se identifican y pasan a formar parte de la presente, con cartelería para tal fin que identifiquen la entrada y salida (noria) a las rutas de nuestra localidad para que sean usadas por todos los actores de salud y seguridad en el caso de una emergencia, y de esta forma minimizar el riesgo, atento los vistos y considerandos de la presente
ARTICULO SEGUNDO: Autorizase el corte de calles a los actores de salud y seguridad de nuestra localidad, (Bomberos, Hospital, Policía) en oportunidad de emergencia y en las arterias que para el evento corresponda, debiendo en dicha oportunidad proceder a la correcta señalización y marcación con personal de la institución y vallas.
ARTICULO TERCERO: Procédase en caso de emergencia a la habilitación, exclusivamente para los actores de emergencia, de la doble mano de las calles Italia entre Blandengues y Félix de Azara, debiendo señalizar y cortar la arteria en tal oportunidad con personal de la institución y vallas.
ARTICULO CUARTO: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 19 días del mes de agosto de 2010