Autorizase al Departamento Ejecutivo, Municipal a la colocación de un semáforo de tres tiempos en la intersección de la Avenida San Martin con las calles Lalinde y San Lorenzo de nuestra ciudad.
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, Municipal a la colocación de un semáforo de tres tiempos en la intersección de la Avenida San Martin con las calles Lalinde y San Lorenzo de nuestra ciudad.
ARTICULO 2°: Establécese a partir de la promulgación de la presente el sentido circulación oeste – este en calle Lalinde entre Independencia y Avda, Rivadavia, conservando su doble sentido en la cuadra entre calle colectora 9 de Julio e Independencia
ARTICULO 3°: Apruébase el croquis que como anexo I forma parte integrante de la presente referido a los sentidos de c¡rculaci6n y obras de ordenamiento vial en la zona que motiva esta norma.
ARTICULO 4°: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a la erogación de los fondos que resulten necesarios para dar cumplimiento a la presente Ordenanza, incluyendo la colocact6n de carteles indicadores con los nuevos sentidos de circulación determinados.
ARTICULO 5°: Comuníquese. Regístrese y Archívese
Dado en sala de sesiones a los 27 de mayo de 2010.