Autorizase Departamento Ejecutivo a la puesta en marcha de la Unidad Sanitaria en el Barrio San José, debiendo proveer en consecuencia los elementos y aparatología necesaria y el personal medico y de enfermería, para cumplir con dicho objetivo, todo ello conforme los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO PRIMERO: Autorizase Departamento Ejecutivo a la puesta en marcha de la Unidad Sanitaria en el Barrio San José, debiendo proveer en consecuencia los elementos y aparatología necesaria y el personal medico y de enfermeria, para cumplir con dicho objetivo, todo ello conforme los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO SEGUNDO: La erogación que demande al presente ordenanza deberá ser atendida con cargo al crédito de la partida presupuestaria que corresponda, prevista en el presupuesto vigente.
ARTICULO TERCERO: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 3 días del mes de julio de 2008.