Autorizase Departamento Ejecutivo a la construcción de una Unidad Sanitaria en el Barrio Esperanza en el inmueble denominado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN 1, SECCIÓN C, CHACRA 70, MANZANA 42, PARCELA 7, conforme el fin determinado por Ordenanza 3290/o6 y los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 1°: Autorizase Departamento Ejecutivo a la construcción de una Unidad Sanitaria en el Barrio Esperanza en el inmueble denominado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN 1, SECCIÓN C, CHACRA 70, MANZANA 42, PARCELA 7, conforme el fin determinado por Ordenanza 3290/o6 y los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para llevar adelante la obra en cuestión.
Artículo 3°: Comuniqúese, regístrese y archívese.
Dado en sala de sesiones a los 7 días del mes de Noviembre de 2007