ARTICULO 1°: Amplíense los términos de la Ordenanza N° 3159/04 otorgándose a la Zona Residencial Extraurbana conformada en el artículo 1o de la misma la designación de Re Ex 1.
ARTICULO 2°: Derogase la Ordenanza N° 3031/03 y su Decreto promulgatorio N°826/03.
ARTICULO 3°: Comuniqúese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 16 días del mes de junio de 2005.