Implementación de sistema para la ejecución de obras de construcción y reparación de veredas.
ARTICULO 1°: Implementase a través de la presente Ordenanza en el ámbito del Partido de Monte un sistema para la ejecución de obras de construcción y reparación de veredas en la vía pública del Partido de Monte.
ARTICULO 2°: Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior la Municipalidad de Monte, a través de su Dirección de Obras Públicas procederá a habilitar un Registro de Constructores, en el cual podrán incorporarse quienes presten este servicio , presentando conjuntamente con su solicitud de inscripción comprobantes de inscripción en los Impuestos Provinciales y Nacionales (Ingresos Brutos – AFIP).
ARTICULO 3°: Los vecinos frentistas interesados deberán anotarse en la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad la cual les proveerá la cantidad de baldosas necesarias para la reparación y/o construcción de las mismas.
ARTICULO 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que estime necesarias para llevar a cabo lo establecido mediante la presente.
ARTICULO 5°: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 7 días del mes de agosto de 2003.