Articulo 1: Declárese adherida a la Municipalidad de Monte, a la Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda..
Articulo 2: La Municipalidad invertirá la suma de Pesos Sesenta mil Moneda Nacional ($ 60.000) en acciones de la sociedad mencionada.
Articulo 3: Facúltese al D. E. para convenir con la concesionaria la forma de hacer efectivo el importe del capital suscripto; como asímismo para solicitar ante el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por la citada suma.
Articulo 4: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 24 DIAS DEL MES SEPTIEMBRE DE 1949.