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2812-2001 | Modificación de Ordenanza Nº 2764 de eximición de tasas de licencia a choferes de Bomberos y Hospital

Modificación de Ordenanza Nº 2764 de eximición de tasas de licencia a choferes de Bomberos y Hospital.

ARTICULO PRIMERO: Modificase la Ordenanza Nº 2764 la que quedará redactada de la siguiente forma “Exímase del pago de la Tasa Licencia de Conductor (Registro), al personal de Bomberos Voluntarios de Monte, del Hospital Zenon Videla Dorna y de la Comisaría Local (Solo para categoría particular), que certifiquen su condición de chofer de unidades afectadas al servicio que cumplen las citadas instituciones”.  

ARTICULO SEGUNDO: Comuníquese, Regístrese y Archívese. 

Dado en sala de sesiones a los 7 días del mes de junio de 2001.

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