Articulo 1: Establécese en la localidad de ABBOTT el nombre a las calles que no lo poseen, según indica en el plano que como Anexo 1, pasa a formar parte integrante de la presente.
Articulo 2: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dado en sala de sesiones a los 4 días del mes de marzo de 1999.