Modificación del articulo N° 1 de la Ordenanza Nº 1963.
Articulo 1: Modifícase el articulo primero de la Ordenanza Nº 1963 modificatoria del articulo 4º de la Ordenanza Nº 1265 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ Establécese una prohibición absoluta para circular y estacionar camiones con acoplado cargados o vacíos, para chasis solos o cargados o vacíos en toda la planta urbana de Monte, e incluyendo como circuito afectado las Avenidas Almirante Brown y costanera Juan Manuel de Rosas y 2 de Abril en toda su extensión pavimentada, como así mismo dicha prohibición se extenderá a todo el Barrio Unidad Nacional, con excepción de los vehículos que transporten materiales de construcción para obras dentro de dicha zona, sustancias alimenticias, mudanzas, etc., simpre y cuando puedan acreditar dicho traslado.”
Articulo 2: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 1 DIAS DEL MES DE DICIEMBE DE 1994.
Deroga a la presente por Ordenanza Nº 2284 decreto Nº 31/95