Articulo 1: Derógase el articulo 3º de la Nº 1776 de fecha 16/5/90.
Articulo 2: Creáse el Jardín de Infantes Municipal ubicado en el Barrio Unidad Nacional en la parcela creada por Ordenanza Nº 1776/90 lindera a la Escuela Nº 5 de este distrito de Monte.
Artículo 3: El servicio educativo creado por el articulo 2º de la presente se denominara JARDÍN DE INFANTES MUNICIPAL BARRIO UNIDAD NACIONAL.
Articulo 4: Derogase toda otra norma o Reglamentación que se oponga a la presente.
Articulo 5: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 11 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1992.