Articulo 1: Autorízase a la Secretaría de Obras Públicas a señalizar en una forma más fehaciente y visible, las indicaciones que prohiban la entrada de camiones (tránsito pesado) al casco urbano.
Articulo 2: Solicítase al Departamento Ejecutivo que por su intermedio pida a la Dirección de Vialidad Provincial, mejore la señalización correspondiente.
Articulo 3: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 12 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1990.