Articulo 1: Denomínense las calles de los Barrios La Esperanza y Salinas, de acuerdo a como se indica en el plano que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente.
Articulo 2: Autorízase la posterior señalización y numeración de las calles correspondientes.
Articulo 3: Los gastos que demande la aplicación del artículo que antecede, será con cargo a la Partida 2.5.2.15. de la Finalidad 3 Item 1 “Señalización calles planta urbana” del Presupuesto de Gastos en vigencia.
Artículo 4: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 30 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1989.