Cesión de terreno a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 1: Cédese a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, los terrenos correspondientes a una reserva fiscal que surge del plano de subdivisión, características: 73-09-49 y el que surge de un proyecto de subdivisión del terreno de esta Municipalidad para la construcción de dieciocho (18) viviendas del “Plan Solidario”, cuyos planos forman parte de la presente.
Articulo 1 bis: Cédese al consejo Escolar de Monte el remanente de la Parcela 2, no utilizado por las viviendas “Plan Inundados” de la Quinta 48; Circunscripción I; Sección B; con destino a la construcción de un Centro de Educación Complementaria.
Artículo 2: Estos terrenos sólo podrán ser utilizados en construcción de una Escuela Primaria Común y un Jardín de Infantes, de acuerdo a la planificación y adecuación que efectúe la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3: La presente Ordenanza tendrá efecto a partir de la fecha de su promulgación.
Articulo 4: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADO EN SALA DE SESION A LOS 05 DIAS DEL MES DE JULIO DE 1984.
Modifica el articulo 2º de la presente por Ordenanza Nº 1805 decreto Nº 404/90